El 16 de agosto de 2020, hace ya un año, en la página oficial del Senado de la República se publicó:
“Impulsan iniciativa para crear la Ley General de Aguas
Se integra de manera equitativa, con voces de organizaciones sociales, académicos, científicos, especialistas, funcionarios y empresarios.
Integrantes de la Comisión de Recursos Hidráulicos, Agua Potable y Saneamiento de la Cámara de diputados, así como legisladoras y legisladores de diversas fracciones parlamentarias presentaron a la Comisión Permanente un proyecto de decreto por el que se expide la Ley General de Aguas.
El presidente de la Comisión, diputado Feliciano Flores Anguiano, indicó que esta Iniciativa tiene el objetivo de establecer disposiciones que promuevan, respeten, protejan y garanticen los derechos humanos al agua y saneamiento, así como definir las bases, principios, apoyos y modalidades de la gestión, administración y aprovechamiento integral del vital líquido.
Se busca generar una disposición sustentable, equitativa, suficiente, salubre, aceptable y asequible de las aguas en el territorio nacional y crear los mecanismos para la gestión de los riesgos asociados a los fenómenos hidrometeorológicos y garantizar la sustentabilidad de los ecosistemas inherentes al agua.”……….
“Dijo que en esta Ley se incorpora de manera puntual a la comprensión técnica de los sistemas de flujos del agua subterránea, para incorporarlos en una gestión y administración integral del agua, para transitar a un paradigma en el que el conocimiento técnico generado con los más altos estándares de la ciencia pueda estar al alcance de todos.” ¿…….? ……
“La Iniciativa con Proyecto de Decreto que expide la Ley General de Aguas, fue turnada a las comisiones unidas de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales; y de Recursos Hidráulicos, Agua Potable y Saneamiento; con opinión de las comisiones de Salud, de Pueblos Indígenas, y de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados.”
¿Y ……..?
Sin pretender emitir juicio alguno sobre la iniciativa en cuestión ni sobre las otras varias que he conocido, es evidente el mutismo sobre la misma y su relegación ante otras, seguramente prioritarias de nuestra vida nacional, cuando menos para nuestro poder legislativo. ¿Se hicieron observaciones? ¿Se cuestionaron los términos de la iniciativa? ¿O las diversas comisiones a las que se turnó estaban estudiando otras iniciativas? ¿ …..?
Algunas de esas iniciativas rebotan ante la inconstitucionalidad de dar facultades a la federación en materia de servicios de agua y saneamiento, cuya corresponsabilidad es el eje que mandata la realización de la ley y las otras son rechazadas ante el absurdo de que la autoridad nacional del agua, cualquiera que sea su nivel y denominación, invierta y se responsabilice sin tener siquiera facultades de supervisión sobre un tema en el que se reclama su corresponsabilidad. ¿Puede concebirse una gestión integral del agua sin conocimiento ni intervención de la autoridad nacional en un uso prioritario del agua, cuya planeación estratégica es vital para la nación y su desarrollo?
Y seguimos desde 2012 trabados porque el poder legislativo es incapaz de legislar en un tema de vital importancia social y económica para el país y sus habitantes. ¿No saben, no pueden o no se atreven? ¿O no se visualiza como un tema prioritario?
Y el tan mentado derecho humano al agua, con tantos padres putativos de todo tipo, sigue huérfano de servicios eficientes de agua de calidad y del saneamiento de los cauces y depósitos de agua.
De las pocas facultades que la Ley de Aguas Nacionales, impone a la CONAGUA sobre los servicios de agua potable y saneamiento están:
“XIII. Fomentar y apoyar los servicios públicos urbanos y rurales de agua potable, alcantarillado, saneamiento, recirculación y reúso en el territorio nacional, para lo cual se coordinará en lo conducente con los Gobiernos de los estados, y a través de éstos, con los municipios. Esto no afectará las disposiciones, facultades y responsabilidades municipales y estatales, en la coordinación y prestación de los servicios referidos;
XIV. Fomentar y apoyar el desarrollo de los sistemas de agua potable y alcantarillado; los de saneamiento, tratamiento y reúso de aguas; los de riego o drenaje y los de control de avenidas y protección contra inundaciones en los casos previstos en la fracción IX del presente Artículo; contratar, concesionar o descentralizar la prestación de los servicios que sean de su competencia o que así convenga con los Gobiernos Estatales y, por conducto de éstos, con los Municipales, o con terceros;”
En 2017, como Gerente de Apoyo a Organismos Operadores en la CONAGUA asistí con otros 2 gerentes, del área financiera y de agua potable y con varios subgerentes de las tres áreas, a una reunión con personal del mismo nivel de la Secretaría de Hacienda para insistir en la asignación de recursos presupuestales en tres temas que considerábamos indispensables, la operación de la Escuela del Agua que llevábamos a cabo con el IMTA, en apoyo de la capacitación de personal técnico y de campo de los organismos operadores del país, el establecimiento de un programa de apoyo a los estados con el fin de fortalecer sus Comisiones Estatales de Agua para el apoyo de sistemas de agua potable rurales en temas de mantenimiento y capacitación y por otra parte en el fortalecimiento de inversiones en mantenimiento de infraestructura vital para sistemas operadores sin recursos para sustitución de infraestructura obsoleta. Fue estrellarse ante un muro cerrado a entender razones, en el que lo de menor peso era la necesidad de dichas inversiones para cumplir las responsabilidades de CONAGUA. El argumento inquebrantable fue que los sistemas de agua y saneamiento eran de responsabilidad municipal y que la federación ya había aumentado los recursos a los estados para apoyo de los municipios. Que no correspondía a CONAGUA invertir en esos temas y que solo deberíamos invertir en los incrementos de cobertura. El resultado frustrante para quienes íbamos de CONAGUA era previsible. La política orientada hacia el incremento de cobertura de los servicios, con índices mayores del 90% en el papel, pero con índices operativos menores al 70% impulsada por el gobierno no tenía sustento alguno.
Una delegación del nivel que iba, sin la asistencia que requería cuando menos de un subdirector general, cuando no del propio director general, no iba a modificar los criterios de otra delegación sin facultades para otorgar ni los cafés. La realidad es que, sin haber una política nacional, en donde no puede haberla sin una ley que la soporte, las discusiones son estériles ante intereses que en el mejor de los casos se basan en mejorar índices y no servicios a la población. Y lo asentado en los PND y PNH, sin metas claras y sin tiempos ni presupuestos, se convierten en letra muerta.
En estos momentos, las dependencias preparan sus presupuestos sin tener la certeza de los recursos que obtendrán al final de discusiones en el legislativo, sin ley que apoye políticas sólidas y planeadas, sino con criterios esclavos de intereses, en el mejor de los casos, de lucimiento partidario o de índices.
El problema no es que no existan recursos suficientes, sino que se aplican sin ley que soporte políticas adecuadas y de largo plazo para establecer presupuestos que respondan a planes congruentes. ¿Y el derecho humano al agua, que solo podrá hacerse realidad con operadores de servicios sostenibles y eficientes?
